Los que trabajamos en el proceloso mundo de la propiedad industrial, estamos acostumbrados a oír con frecuencia expresiones que nos provocan un dolor de oídos igual al que ocasionaba el arañazo en la pizarra negra de aquel compañero de colegio sabandija que hoy te saluda por la calle con desparpajo. Hay expresiones que no por repetidas pueden considerarse aceptables, ya no solamente desde un punto de vista técnico ni de "experto" en la materia, sino que directamente suponen una patada al correcto manejo la lengua.
La primera que se me viene la cabeza y que asiduamente me veo en la obligación de corregir, con educación pero siempre con firmeza, es la de "patentar una marca". Se mezclan en esta frase, de forma desafortunada, dos títulos de propiedad industrial que no tienen nada que ver. Sin entrar en manuales de propiedad industrial, me voy a fijar en la definición de patente que nos ofrece el diccionario de la RAE, en este caso, tras las primeras acepciones de "manifiesto" y "claro", aparece directamente la referencia a patente de invención, entendido como "documento oficial que reconoce a alguien una INVENCIÓN y los derechos que de ella se derivan". El buen uso de la lengua española es el que nos lleva a separar lo que es una invención de una marca, que, genéricamente, es una "señal que diferencia y ayuda a distinguir a una persona, animal o cosa", y que cuando se aplica a un uso industrial y se registra oficialmente, se convierte en una solicitud de marca comercial, que SIEMPRE SE REGISTRA y NUNCA SE PATENTA. Un nombre, un dibujo, una música, hasta un olor, pueden servir para identificar un producto o un servicio y constituirse en marca comercial, mientras que un invento puede patentarse, si cumple los requisitos de novedad, actividad inventiva y aplicación industrial que son exigibles, pero mezclar ambos términos, ofrece como resultado un potaje nada saludable y del que la corrección semántica nos aconseja huir, aunque no seamos especialistas en el campo de la propiedad industrial.
Dicho lo cual, no resulta nada extraño encontrar esta expresión, no sólo en blogs bien intencionados
Las confusiones llegan también a la prensa general, pudiendo encontrarse en días pasados en El País un titular tan desafortunado como "Patentes veta que el ayuntamiento gestione la marca Barcelona". Una vez puestos en contacto vía twitter con el periodista, lejos de reconocer su error, se remitía a que escribía para el público general, como si se hubieran pensado para una élite selecta el diccionario o el Manual de Estilo de El País (que buenos tiempos aquellos en los que se lanzaban iniciativas así).
Siendo esta una batalla compleja no es la única, aunque para aclarar otras confusiones sí que se precisa un mínimo de conocimientos especializados, como puede ser traducir correctamente intellectual property como un término inglés que agrupa a todas las creaciones de la mente a las que se pueden otorgar derechos de exclusividad, y por tanto engloba a los vocablos españoles de propiedad industrial (marcas, diseños y patentes) y propiedad intelectual (derechos de autor).
También es digno de atención, y en este caso ya para alumnos que vayan a por nota, el uso correcto de la acepción de la PCT como solicitud de patente, en lugar de patente mundial, que es una figura inexistente, por mucho que haya servicios de información de noticias científicas que la citen, o empresas que presuman de tenerla.
Por último, y ya para rizar el rizo, nos encontramos a los expertos en informática que se conceden a si mismos autoridad para hablar sobre las patentes de software, sin manejar adecuadamente la primera parte de la ecuación. Sirva este ejemplo para encontrar en un mismo post, afirmaciones tan confusas y peregrinas como la de que una patente es un "sistema (...) por el que un inventor puede cobrar un dinero (...) durante el tiempo que dura una patente", confundir las solicitudes de diseño en Estados Unidos con patentes de invención, o afirmar que la patente unitaria europea es un peligro para los programadores informáticos, al aproximarse peligrosamente nuestra normativa a la estadounidense.
2 comentarios:
Estimado D. Pablo Uceda
Muy de acuerdo con usted en que una parte de nuestro trabajo profesional de asesoramiento consiste en la enseñanza a nuestros clientes del uso correcto de la terminología en Propiedad Industrial.
Me sorprende que un periódico como El PAIS se escude que la información es para un público general para usar expresiones erróneas.
Un saludo
Ángel Hidalgo
Asesor de Patentes y Marcas
www.iglobax.es
Mi amigo Bernabé Zea me pasa por email este comentario para esta entrada del blog, que por problemas informáticos no se queda guardada. Le agradezco el tiempo que ha dedicado a este modesto blog
Querido Pedro:
Te has impuesto una tarea ímproba, que lamentablemente no va a solucionar el problema a corto plazo. De todas formas, es preciso que todos sigamos concienciando al público. Y mientras tanto, los profesionales tenemos una obligación añadida: no sólo hemos de escuchar (que a veces ya parece difícil) sino también interpretar las necesidades reales de los interesados. Deberíamos escuchar las circunstancias del caso y ofrecer un asesoramiento adecuado. No nos podemos hacer mal nuestro trabajo y defendernos con un ¡hice lo que se me pidió!
Un abrazo,
Bernabé Zea
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