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miércoles, 25 de enero de 2017

Casi uno de cada dos solicitantes de marca en Jaén durante 2016 usó el asesoramiento de la Agencia Idea

Como cada año por estas fechas son muchos y diversos los análisis estadísticos que se realizan sobre las solicitudes de propiedad industrial presentadas a lo largo de los últimos doce meses. Ya ha sido objeto de análisis el que Andalucía haya liderado por primera vez en 2016 el ranking de comunidades autónomas en número de patentes nacionales presentadas ante la OEPM, con un total de 506, por delante de Madrid y Cataluña, lo que casi puede pasar a la historia si tenemos en cuenta que este será el último ejercicio completo antes de la entrada en vigor de la nueva Ley de patentes. Así mismo, en el blog de CEVIPYME también se ha destacado que sea curiosamente Almería la provincia andaluza con más solicitudes con un 41,8% del total de la comunidad, (no sería descabellado comprobar la parte de culpa que tiene Manuel Muñoz Saiz, inventor particular prolífico donde los haya).


Pero centrándonos en el objeto de este blog, en Jaén y en las solicitudes de marca, hay un dato reseñable que no debe pasar desapercibido. Tomando como referencia las estadísticas de la OEPM para 2016 se comprueba que en Jaén durante el año 2016 se presentaron un total de 413 solicitudes nacionales de marca. Si tenemos en cuenta que en el registro interno de la Gerencia de la Agencia de Innovación y Desarrollo en Jaén consta que se han tramitado un total de 201 marcas, al comparar ambas cifras obtenemos que un 48,7% de los solicitantes de marcas jiennenses han usado los servicios de asesoramiento y registro de esta Agencia. Es decir, casi una de cada dos marcas solicitadas en Jaén ha contando con nuestra ayuda, lo que no deja de ser digno de mención además de un impulso para seguir adelante. 

Comparando con el análisis que hacíamos en este mismo blog para el año 2011 se observa un incremento desde el 34% de solicitudes presentadas en la Agencia en ese año con respecto al total de Andalucía.

De las 201 marcas registradas en Jaén por la Agencia Idea, 168 siguieron el procedimiento on line y solamente 33 mantuvieron el formato tradicional de solicitud en papel. Hay que añadir que hasta la fecha sólo se han denegado 11 de estas 201 marcas y que los suspensos de formas son prácticamente inexistentes, lo que es reflejo del asesoramiento previo a la solicitud que recibe el interesado.

Con respecto al resto de títulos de propiedad industrial tramitados en nuestra provincia, se presentaron un total de 37 solicitudes de patente (lo que nos sitúa como quinta provincia andaluza por delante de Córdoba, Huelva y Cádiz), 10 modelos de utilidad, 53 nombres comerciales y 15 solicitudes de diseño industrial.

Recordemos una vez más que este servicio se incluye en el catálogo de Servicios Avanzados que la Agencia IDEA presta al empresariado andaluz de manera gratuita, cuyo objetivo es fomentar el espíritu empresarial, la innovación y la competitividad de nuestra estructura productiva.

viernes, 2 de octubre de 2015

Mis primos de Zumosol me ayudan a explicar que una idea no se puede patentar

Si hay un aspecto que resalta la utilidad de las redes sociales es el potencial que ofrecen para abrir debates y contrastar ideas. Si además estos debates los conforman algunos de los profesionales de la propiedad industrial más activos en el mundo 2.0, el resultado siempre va a ser positivo.

La lectura de este artículo donde aparece la mención a las patentes como un "MONOPOLIO DE IDEAS" hizo saltar todas mis alarmas mentales sobre las confusiones que en materia de propiedad industrial normalmente se producen. El artículo está escrito por Juan Ramón Rallo, analista económico y Director del Instituto Juan de Maríana. En su planteamiento se critica el sistema de fijación de precios en Estados Unidos del medicamento Daraprim que no está protegido por patentes ahora mismo, aunque incorpora un comentario que no debe tomarse a la ligera:

"Las patentes son monopolios sobre las ideas, lo
que consecuentemente permite a los productores 
monopolistas cobrar precios de venta muy 
superiores a sus costes de producción."

Estamos ya acostumbrados a oir críticas a las patentes que toman una parte por el todo y sólo analizan su efecto en el sector TIC o en el farmaceútico, olvidando las patentes sobre mecánica, ingenieria y otros campos. Se oyen a menudo afirmaciones apresuradas, pero muy aplaudidas, que descalifican la totalidad del sistema de protección de patentes exponiendo sólo casos de abuso y de malas prácticas, lo cual vendría a ser algo así como proponer un silogismo tal que "Hay conductores que van a 200 km/h en las autovías: ¡Fuera las autovías!".

En realidad, el principio básico de las patentes es el que mismo que se critica en la frase mencionada: facilitar que quienes incurren en gastos de investigación tengan una protección temporal de sus resultados que les facilite recuperar esos gastos. A cambio, se publica y se pone a disposición de cualquiera que lea la patente el funcionamiento del sistema y las técnicas empleadas. Las empresas no son ONGs, y si se investiga es porque se espera obtener beneficios, pero a cambio, al publicarse una patente, las investigaciones se retroalimentan y se usan los resultados como base de futuras investigaciones y mejora el estado de la técnica global.

Pero el debate tuitero que tuvimos ayer no se centraba en la utilidad o no del sistema , sino en la incorrección de definir las patentes como "MONOPOLIO DE IDEAS",  lo que viene a recordar por su imprecisión a aquella frase que tanto usan los neófitos de "patentar la marca".

Como punto de partida hay que tener claro que las ideas abstractas nunca pueden ser patentables, sino que la protección siempre va a requirir una materialización de la idea con base técnica suficiente y una adecuada descripción. A partir de aquí, para enriquecer el debate y visto que el opinador no parecía entender mis modestas explicaciones, tiré de twitter y de esa maravillosa red de contactos especializados en propiedad industrial que tan accesible tengo, lo que viene a ser como llamar al primo de Zumosol de aquel tan recordado anuncio.

El primero fue uno de los tuiteros más rápidos y eficientes en el campo de la propiedad industrial, el gran Francisco Moreno, albaceteño de pro, cuyo blog patentes.wordpress.com es uno de los mejores que conozco especializado en patentes, mucho mejor que éste, donde va a parar. No sólo contesta en cuestión de segundos sino que encima siempre aporta documentos de apoyo.
La siguiente fue la encantadora Carolina Sánchez, que maneja como nadie las herramientas 2.0 aplicadas al mundo de la propiedad industrial. No sólo tiene un blog completísimo y nada árido, sino que también es capaz de subir a Youtube una entrevista con la directora de la Oepm.

Además de aportar sus conocimientos, entiende como nadie las posibilidades de intercambio de información que ofrecen las redes sociales, aunque bien es cierto que nada mejora al cara a cara.

Hay que resaltar, así mismo, la colaboración en el debate de Pepe Isern, Socio director de Isern Patentes y Marcas y una referencia para muchos periodistas a la hora de aclarar dudas en el campo de la propiedad industrial. 
Cesar Lasanta, agente de la propiedad industrial, también aportó su granito de arena
Horas más tarde, Gian-Lluis Ribechini, Presidente de la Comisión de Gestión empresarial de la Asociación de Ingenieros Industriales de Cataluña y parte del equipo de expertos que compareció en el Congreso dentro de la tramitación de la nueva Ley de patentes daba su razonada opinión en varios tuits, que se pueden resumir de la siguiente forma: 

"Una patente no es una idea, es un ingenio aplicado. Además, es poner 
al alcance de todos cómo se hace, por lo que supone exponerse a 
ingeniería de ruptura. Si no se patenta el conocimiento es privado, 
por lo que la ciencia no avanza. En mi opinión, cierta economía 
no crea riqueza real sino "bits de riqueza". 
La ingeniería, patenta y crea riqueza real."

Incluso se documentaba su posición con referencias bibliográficas
Por su conocimiento de la propiedad industrial y por su buenhacer en redes sociales, aunque no participaron en el debate, me gustaría incluir también en mi particular lista de primos del zumosol tuiteros a Julián de Juan y a Leopoldo Belda. Yo llegué a twitter con la intención de tener unos TL tan limpios y rigurosos como los suyos, pero la carne es débil y uno termina comentado la actualidad más cercana y siguiendo a Santi Rodriguez y a Javier Olivares, que no sólo de patentes vive el hombre.

El resultado del debate, después de bastantes tuits y la colaboración de tanta gente, no parece que llegara a convencer al Sr. Rallo, que además de ofrecer algunos argumentos propios de los Hermanos Marx

Diez horas más tarde cerraba el debate por su lado de forma tautológica, casi de las misma manera que lo empezó
Una pena que no cediera ni un ápice en sus planteamientos a pesar de intercambiar opiniones con tan preparada y diversa audiencia, pero ¡qué le vamos a hacer!, el peor sordo es el que no quiere oir.

lunes, 20 de abril de 2015

Consecuencias prácticas de la nueva Ley de patentes

No es el objeto de este post hacer un análisis jurídico exhaustivo de la nueva Ley de Patentes que actualmente se encuentra en mitad de su tramitación legislativa (el plazo de enmiendas se cerró el pasado 17 de abril, ver aquí y aquí y ya concluyeron anteriormente las comparecencias en la Comisión de Industria, Energía y Turismo del Congreso de los Diputados), sino el de abundar en las consecuencias que pueda tener para los solicitantes, así que le animo a que no se asuste y siga leyendo, y pido comprensión a los juristas si uso términos demasiado coloquiales.

El texto del Anteproyecto de Ley de Patentes está disponible en la web de la OEPM y ya fue objeto de un anterior comentario en este blog. Una de las principales novedades que aporta, ya de sobra comentada, es la introducción obligatoria del examen previo en la tramitación de las patentes nacionales, a diferencia de lo que ocurre hasta ahora en que se permite continuar con la tramitación cualquiera que sea el resultado del Informe sobre el Estado de la Técnica si el solicitánte así lo desea, lo que hace que todas las patentes del procedimiento general se aprueben sin garantía de validez, existiendo siempre la posibilidad de que un tercero trate de anularla por vía judicial al no cumplirse los requisitos que establece la ley. La nueva ley busca eliminar monopolios injustificados, que existen de facto actualmente y que suponen tener que recurrir a procedimientos judiciales para anular estas patentes, con los consiguientes costes para los interesados y sobrecarga de trabajo para los tribunales.

Como consecuencia, es previsible que se reduzca el número de solicitudes de patentes nacionales con respecto a la tramitación actual, (hay quien prevé que pueden perderse 1.000 patentes al año, bastante teniendo en cuenta que se presentan unas 3.000) lo cual no dejaría de ser positivo si supone que de una vez pasamos ya a dejar de lado el simple número de solicitudes como indicativo de la actividad investigadora y de la innovación en nuestro país, pasando a tener en cuenta otros apartados más significativos (patentes aprobadas, en explotación, ampliadas al ámbito internacional, licencias...). La tasa de solicitud de patente será más elevada, (se prevé que se sitúe alrededor de los 1.200 €) al incluir tanto la solicitud como la elaboración del Informe sobre el Estado de la Técnica, que se pagará desde un principio y que se obtendrá antes de los doce meses desde la solicitud para facilitar las decisiones sobre la posible internacionalización. En cualquier caso, para las personas físicas y para las empresas que acrediten su condición de PYME habrá un 50% de reducción para las tasas de solicitud, IET y mantenimiento durante las tres primeras anualidades. Esta reducción también se hará extensiva a las patentes que provengan de las universidades públicas, pudiendo solicitar la devolución de este importe si se acredita que se está produciendo una explotación económica real y efectiva de la patente dentro de los cuatro años posteriores a su solicitud. 

El previsible incremento en la solicitud de modelos de utilidad, al ser más estricta la tramitación de una patente, ha llevado a modificar esta figura de protección, ampliando la novedad exigida al ámbito mundial (anteriormente era nacional) e incluyendo dentro de su ámbito a los productos químicos, sustancias y composiciones, lo que anteriormente no era posible. En cualquier caso, será obligatoria la solicitud (y el pago) ante la OEPM de un Informe sobre el Estado de la Técnica para un modelo de utilidad de forma previa al ejercicio de acciones judiciales por infracción. 

Otro cambio que afectará a los solicitantes de manera directa será el pago de las anualidades, se emplerá como fecha de devengo, no la fecha de solicitud, sino el último día del mes correspondiente, pudiéndose pagar sin recargo en los tres meses siguientes, existiendo otros 3 meses adicionales para pagar con un recargo del 25% y otros tres más con un pago adicional del 50% de la anualidad. Se suprime, por tanto, el pago adelantado en los tres meses anteriores al vencimiento.

En el texto del anteproyecto de Ley se establece que entrará en vigor el día 1 de diciembre de 2016, para permitir la aprobación del reglamento correspondiente y la actualización de los sistemas informáticos, por lo que es de esperar una cierta aceleración en la solicitud de patentes "débiles" antes de esta fecha. Habrá que estar atentos a las series estadísticas y comprobar si se produce un efecto llamada. Bienvenida sea esta situación si nos lleva a analizar con más profundidad la actividad de nuestro país en cuanto a las patentes, y miramos más allá del simple registro de entrada. 

Para más información sobre este tema consultar el post de Francisco Moreno, una pluma imprescindible en para estar al día de lo que sucede en propiedad industrial.

miércoles, 16 de abril de 2014

Sobre el anteproyecto de Ley Patentes y otras reflexiones

El Consejo de Ministros aprobaba el pasado viernes un anteproyecto de Ley de Patentes que permitirá revisar la actual normativa vigente desde el año 1986. Como principales novedades a incorporar se apuntan las siguientes:
  • Reducción de un 50% de la tasa de solicitud y búsqueda para emprendedores y PYMES. (Habrá que ver cómo afecta esta reducción a la convocatoria de subvenciones para el fomento de las solicitudes de patentes y modelos de utilidad. Lo más normal es que estas ayudas desparezcan o al menos se reduzcan bastante).
  • Obligatoriedad de examen previo de novedad y actividad inventiva para todas las solicitudes de patente. (Por fin será fácil explicarle en pocas palabras a un neófito en la materia cual es la diferencia entre una solicitud de patente y la de un modelo de utilidad: las primeras llevan examen previo obligatoriamente, las segundas, no).
  • Reducción de cargas administrativas y armonización con los procedimientos internacionales. (¡Qué bien suena siempre esto y qué difícil es plasmarlo en la realidad!).
  • Ampliación del ámbito de actuación de los modelos de utilidad a los productos químicos (Por pequeña que parezca esta modificación puede ser importante, dado el uso frecuente e intensivo que esta industria hace de la propiedad industrial).

Será cuestión de permanecer atentos a la tramitación de la Ley y la configuración de su texto definitivo pero ayer mismo ya teníamos en twitter un animado debate sobre las consecuencias de esta nueva normativa en el número de solicitudes de patente presentadas en la OEPM y de la posibilidad de que las empresas españolas opten directamente por acudir a la Oficina Europea de Patentes.

Más allá de estas consideraciones, quiero traer una doble reflexión a este post que me parece importante. La primera y principal es que deberíamos ir cambiando la forma de analizar la propiedad industrial, restando importancia al número total de solicitudes presentadas y valorando más la actividad que generan estas solicitudes, su explotación económica efectiva y los ingresos por licencias obtenidos. De nada sirve un gran número de patentes académicas para inflar currículum, para ser usadas con carácter publicitario o para cubrir los objetivos de un proyecto de I+D que se abandonan a los pocos años. Las patentes que se deben fomentar tienen detrás un producto con una protección fuerte y que da respuesta a necesidades reales del mercado. No es una simple cuestión de cantidad, sino de eficacia y valor añadido. Sobre todo si tenemos en cuenta que en cuestión de números, por mucho que queramos, España no sale bien parada si observamos cómo Samsung registró en 2013 más patentes europeas que todas las empresas españolas juntas.

Por otro lado, la opción estratégica entre presentar una solicitud de patente ante la OEPM o ir directamente a la Oficina Europea, no es más que el fiel reflejo del carácter dual del sistema económico español,  en el que predominan las pequeñas empresas que conviven con un reducido número de multinacionales muy potentes, capaces de cubrir la mayor parte de nuestras exportaciones (véase este ilustrativo artículo de Luis Garicano). Independientemente de a cuanto asciendan las tasas, muchas de las grandes empresas ya optan por acudir directamente a la EPO, por el mercado al que atienden y por las posibilidades que ven en sus innovaciones. Ni el coste ni el idioma son problemas, cuando se cuenta con capacidad financiera y con un retorno esperado suficiente. Para la inmensa mayoría de las PYMES, dar el salto a la internacionalización de sus invenciones continuará siendo un esfuerzo titánico que se afronta lleno de dudas y temores. Reducir estas barreras y continuar trabajando en que aumente el tamaño y la capacidad de estas PYMES para que pasen a formar parte de una midle class más confortable, forma parte del trabajo de todos los que nos dedicamos a la promoción y desarrollo económicos.

Una última cifra que da soporte a esta reflexión: según datos de la OCDE, sólo un 0,49% de las patentes tríadicas (solicitadas simultáneamente en Europa, Japón y EEUU) eran españolas, ocupando nuestro país el puesto 16 del ranking (ver página 132 del informe 2013 de Indicadores del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación). Cifras como ésta son las que hay que mejorar, aunque siempre habrá quien se conforme con presentar un modelo de utilidad sobre su "infalible móvil perpetuo" y pasearlo con orgullo por donde le dejen. Probablemente serán los mismos que piensen que este país va mejor que Alemania e Inglaterra porque tenemos dos equipos en las semifinales de la UEFA Champions League.

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