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lunes, 30 de abril de 2018

Cuando las marcas, como el Cid, siguen ganando batallas aunque parezca que están muertas

Hablamos mucho de la importancia de los activos intangibles para una empresa, del valor que aportan la imagen y el posicionamiento que se consigue obtener en la mente del consumidor, tantas veces superior a los bienes que se poseen o a la cifra de ventas que se alcanza. Centrémonos en un ejemplo práctico.

¿Se acuerdan ustedes de Victorio & Lucchino? Aquella simpática y pizpireta pareja de modistos sevillanos que en algún momento llegó a poblar no solo las pasarelas, sino también pantallas de televisión y páginas de prensa. Más allá de que mucho no hemos llegado a tener nunca claro quien era Victorio y quien Lucchino, la semana pasada se ponía casi un punto final desde los juzgados a su trayectoria como empresarios, inhabilitándoles a ambos durante dos años para ser administradores de empresas debiéndose esta pena más a su dejadez y falta de capacidad para la gestión que a un comportamiento culposo.

Nacidos al amparo de la sevillana calle Sierpes, llegaron a instalar su taller en la casa natal de Velazquez y a obtener un gran reconocimiento, tanto en la entonces Pasarela Cibeles como en Semana de la Moda de Nueva York, llegando a participar en el vestuario de la película El Guardaespaldas, protagonizada por Witney Houston. La crisis y la falta de solidez financiera de su negocio se llevó por delante toda esta exitosa trayectoria, pero pese a ello puede que se hayan dado cuenta de que siguen comercializándose con su nombre perfumes, joyas y gafas, pero son las licencias las que mantienen viva a esta marca y no están sus creadores detrás del actual negocio que generan.

Aquellos maravillosos años

Actualmente hay 56 marcas activas en el ámbito internacional que continúan usando el nombre de estos dos diseñadores, aunque la mayoría ya no les pertenecen. Antonio Puig S.A. es la empresa responsable de comercializar los perfumes que siguen usando la marca Victorio & Lucchino, estando protegida en el ámbito internacional en países como Brasil, México, Japón, Estados Unidos o Corea, mientras que ALFRED Y GELA, S.L. es la empresa que comercializa también en el ámbito internacional gafas y complementos de joyería y bisutería con este nombre.

No es el único caso en el que la vida de la marca va más allá de la trayectoria de la empresa que la genera en un primer momento. La famosa cadena de juguetes Toysrus anunció hace poco más de un mes la liquidación de su negocio en Estados Unidos y parece que el resto de divisiones internacionales van a seguir poco a poco el mismo camino. Los rumores de desaparición fueron acompañados por un gran número de compradores interesados en la imagen corporativa tan reconocible, desde la marca a la famosa jirafa, pasando por la sintonía que acompañaba a sus anuncios, por lo que no se extrañen si continúan viendo todos estos elementos aunque la mano que mece la cuna sea otra bien distinta a la original.

También en España hemos tenido hace poco el caso del fabricante de electrodomésticos Fagor, en el que los derechos sobre el uso final de la marca eran más importantes para la viabilidad futura del proyecto industrial de los nuevos propietarios que toda la maquinaria e instalaciones productivas del grupo cooperativo vasco, hasta el punto de que una empresa polaca solamente estaba interesada en invertir en el proyecto si accedía al uso de la marca, estando pendiente de resolución judicial un conflicto del que depende el futuro de los más de 300 trabajadores en plantilla.

Uso a modo de ejemplo en mis charlas sobre propiedad industrial una hipérbole que puede parecer exagerada pero que creo que refleja la realidad: Coca Cola tendría más problemas si perdiera su imagen de marca que con un incendio que arrasara su sede central en Atlanta. No es deseable ninguna de estas circunstancias en cualquier caso, pero recuerden que hay algunas marcas que son como el Mío Cid: continúan ganando batalllas y generando negocio incluso cuando pareciera que están muertas.


via GIPHY

lunes, 8 de mayo de 2017

Artículo en la revista OLIMERCA sobre la importancia del registro de la marca



Coincidiendo con Expoliva 2017, en la última edición de la revista Olimerca aparece publicado el artículo sobre la importancia del registro de la marca que su directora Nieves Ortega tuvo el detalle de pedirme.

A estas alturas puede parecer redundante, pero nunca me cansaré de insistir en este asunto, como el rayo que no cesa, como buen martillo pilón tozudo en su tarea. Sobre todo porque en mi experiencia diaria sigo encontrándome escépticos que incluso a veces presumen de no tener la marca registrada, ni falta que les hace. Las razones para registrar una marca pueden ser muchas, pero el primer argumento ya tiene peso suficiente para no admitir muchos debates: si no registras la marca, no es tuya. 

La revista completa está disponible en este enlace y el pdf con el extracto de mi artículo lo tenéis a continuación


viernes, 3 de marzo de 2017

Traducción al español del Caso de estudio sobre Castillo de Canena publicado por IPR Helpdesk

Uno de los objetivos del programa IPR Helpdesk, en el que participa la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía desde su creación en el año 2011, es poner a disposición de las PYMEs y los investigadores europeos material de análisis y reflexión sobre la importancia estratégica de la gestión de la propiedad industrial e intelectual, sobre todo en las empresas que están ampliando su actividad comercial fuera de nuestras fronteras.

Dentro de los apartados que más interés suscita está el de los Casos de estudio que analizan ejemplos reales de empresas europeas, de cómo han utilizado las distintas herramientas de propiedad industrial para afrontar problemas de su día a día y de qué conclusiones se pueden extraer. Recientemente, desde el IPR Helpdesk se ha lanzado un artículo sobre la trayectoria y experiencia concreta de la empresa jiennense Castillo de Canena, y cómo ha abordado esta empresa productora de aceite de oliva virgen extra de alta calidad su estrategia de expansión internacional, en particular en lo relativo a gestión de marca e imagen de empresa, describiendo los principales pasos seguidos para entrar a los mercados extranjeros.

Es el sector del aceite de oliva un ejemplo interesante de cómo se puede mejorar aplicando las herramientas adecuadas ya que, pese a su carácter tradicional, viene experimentando una evolución muy favorable tanto en calidad como en reconocimiento por parte del consumidor final. Se parte de un producto con unas características saludables científicamente demostradas, pero es necesario también un esfuerzo en su presentación e imagen corporativa de cada empresa que ayude a obtener un posicionamiento adecuado.



La Agencia Idea, en su condición de embajador del programa IPR Helpdesk, ha colaborado en la elaboración de este caso, facilitando la información de partida. Recordemos que desde la Agencia Idea no sólo ayudamos a las empresas y emprendedores andaluces en la tramitación y registros de lostítulos de propiedad industrial sino que también podemos orientarles en la gestión estratégica de sus activos intangibles y en cuáles son los pasos a dar de cara a su expansión internacional-

El caso de estudio está disponible en inglés en la web IPR Helpdesk (pinchar aquí). La traducción realizada al español por la Agencia Idea está disponible a continuación
  






lunes, 13 de febrero de 2017

Un alicantino intentó registrar "Catedral de Jaén" como marca de bebidas alcohólicas... en 1896

No es la primera vez que hablamos en este blog de los intentos de registrar como marca términos genéricos de nuestra tierra, ya causó cierto revuelo aquella solicitud de "Jaén Virgen" presentada en 2012 y ya la comentamos en este blog, lo que resulta previsible es que seguramente no será el último intento parecido, ni mucho menos el primero.

En este caso, el archivo histórico de la OEPM nos ofrece otra curiosidad: corría el año de 1896 cuando Santiago Miró Moltó, un empresario afincado en Alcoy (Alicante), presentó una solicitud de registro de marca para el término "Catedral de Jaén" en la clase 33, correspondiente a todas las bebidas alcohólicas excepto la cerveza, con número de expediente 5434 BIS 1. Esta solicitud incluía la siguiente imagen gráfica.


No está mal el plazo de tramitación que tenían entonces, porque tardó sólo seis meses en denegarse la marca. Ahora con tramitación electrónica y todo a veces se superan esos plazos. En la siguiente imagen aparecen todos los datos de la consulta.



Los datos completos pueden consultarse en la Web de Historia de la Propiedad Industrial, Este portal es fruto de la colaboración que desde 1999 mantienen la Oficina Española de Patentes y Marcas y la Universidad Autónoma de Madrid para estudiar los fondos históricos de patentes, marcas y diseño industrial que ha dado lugar, entre otros resultados al desarrollo de una exposición digital de patentes históricas, una sección con material multimedia procedente de la Filmoteca Española, o la base de datos de consulta de los distintos títulos de propiedad industrial otorgados desde principios del siglo XIX hasta mediados del XX.


lunes, 6 de febrero de 2017

La guía para la comercialización de la propiedad industrial de IPR Helpdesk ya está disponible en español

La Agencia IDEA, en colaboración con el IVACE - Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial, la Universidad de Navarra y el Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias, ha traducido la Guía para la comercialización de la Propiedad Industrial lanzada por el programa European IPR Helpdesk.

La comercialización es el proceso de hacer disponible un producto o servicio en el mercado, estando comprobado que convertir los resultados de un proyecto de investigación en un bien comercializable no es una tarea fácil. Además, lo protegido mediante la Propiedad Industrial puede ser comercializado directamente por su propietario, a través de una cesión o mediante la creación de una entidad empresarial autónoma, y la selección de la herramienta más adecuada es un desafío importante, especialmente para las Pequeñas y Medianas Empresas (PYMEs).

Esta guía se ha elaborado con el objetivo de aclarar estas cuestiones tomando como base el material informativo del programa European IPR-Helpdesk. Está disponible para descarga en la web de la Agencia Idea (pinchar aquí) y en la de CESEAND (pinchar aquí), y también subimos el documento a este blog.

  


IPR Helpdesk

El Programa IPR Helpdesk es una iniciativa de la Comisión Europea para ofrecer de forma gratuita información y asesoramiento de primer nivel en materia de propiedad industrial y derechos de autor, estando dirigido principalmente a investigadores y a PYMEs de toda Europa que puedan estar interesados en participar en proyectos de investigación y desarrollo cofinanciados por la Unión Europea aunque también atiende a cualquier PYME que esté implicada en un proceso de transferencia internacional de tecnología.

La Agencia IDEA forma parte de este proyecto desde su nacimiento en el año 2011, alineándose dentro del mismo el servicio de asesoramiento en propiedad industrial que viene ofreciéndose desde el año 2002. Actualmente cuenta con dos embajadores con papel activo dentro del IPR Helpdesk y se ofrece como ventana de acceso a todos los recursos del programa para la PYMEs e investigadores andaluces.

Aquí está disponible la versión en inglés de la Guía.

miércoles, 25 de enero de 2017

Casi uno de cada dos solicitantes de marca en Jaén durante 2016 usó el asesoramiento de la Agencia Idea

Como cada año por estas fechas son muchos y diversos los análisis estadísticos que se realizan sobre las solicitudes de propiedad industrial presentadas a lo largo de los últimos doce meses. Ya ha sido objeto de análisis el que Andalucía haya liderado por primera vez en 2016 el ranking de comunidades autónomas en número de patentes nacionales presentadas ante la OEPM, con un total de 506, por delante de Madrid y Cataluña, lo que casi puede pasar a la historia si tenemos en cuenta que este será el último ejercicio completo antes de la entrada en vigor de la nueva Ley de patentes. Así mismo, en el blog de CEVIPYME también se ha destacado que sea curiosamente Almería la provincia andaluza con más solicitudes con un 41,8% del total de la comunidad, (no sería descabellado comprobar la parte de culpa que tiene Manuel Muñoz Saiz, inventor particular prolífico donde los haya).


Pero centrándonos en el objeto de este blog, en Jaén y en las solicitudes de marca, hay un dato reseñable que no debe pasar desapercibido. Tomando como referencia las estadísticas de la OEPM para 2016 se comprueba que en Jaén durante el año 2016 se presentaron un total de 413 solicitudes nacionales de marca. Si tenemos en cuenta que en el registro interno de la Gerencia de la Agencia de Innovación y Desarrollo en Jaén consta que se han tramitado un total de 201 marcas, al comparar ambas cifras obtenemos que un 48,7% de los solicitantes de marcas jiennenses han usado los servicios de asesoramiento y registro de esta Agencia. Es decir, casi una de cada dos marcas solicitadas en Jaén ha contando con nuestra ayuda, lo que no deja de ser digno de mención además de un impulso para seguir adelante. 

Comparando con el análisis que hacíamos en este mismo blog para el año 2011 se observa un incremento desde el 34% de solicitudes presentadas en la Agencia en ese año con respecto al total de Andalucía.

De las 201 marcas registradas en Jaén por la Agencia Idea, 168 siguieron el procedimiento on line y solamente 33 mantuvieron el formato tradicional de solicitud en papel. Hay que añadir que hasta la fecha sólo se han denegado 11 de estas 201 marcas y que los suspensos de formas son prácticamente inexistentes, lo que es reflejo del asesoramiento previo a la solicitud que recibe el interesado.

Con respecto al resto de títulos de propiedad industrial tramitados en nuestra provincia, se presentaron un total de 37 solicitudes de patente (lo que nos sitúa como quinta provincia andaluza por delante de Córdoba, Huelva y Cádiz), 10 modelos de utilidad, 53 nombres comerciales y 15 solicitudes de diseño industrial.

Recordemos una vez más que este servicio se incluye en el catálogo de Servicios Avanzados que la Agencia IDEA presta al empresariado andaluz de manera gratuita, cuyo objetivo es fomentar el espíritu empresarial, la innovación y la competitividad de nuestra estructura productiva.

viernes, 13 de enero de 2017

Entrevista en Onda Cero hablando sobre los servicios de propiedad industrial de la Agencia Idea

Gracias al interés de Javier Altarejos, tuve la posibilidad de intervenir en su programa Gente Emprendedora de Onda Cero Jaén explicando la importancia de tener registrada la marca y los servicios de asesoramiento en propiedad industrial que ofrecemos en la Agencia Idea.

Aquí os dejo el podcast por si tenéis 16 minutos para oirlo y resulta de interés.


Hay que recordar una vez más que los servicios que ofrecemos desde la Agencia Idea, aunque no sustituyen a los de un agente de la propiedad industrial, son de carácter gratuito. Estamos a disposición de las empresas y emprendedores andaluces.




miércoles, 25 de mayo de 2016

La Agencia Idea y la tramitación on line ante la OEPM

Desde la Agencia Idea llevamos algo más de un año trabajando con el registro on line a través de la web de la Oficina Española de Patentes y Marcas. Durante el tiempo en que hemos usado este procedimiento se ha experimentado una gran mejora tanto en el número de gestiones realizadas como en la satisfacción de los usuarios con este método.



En la Sede electrónica de la OEPM se pueden efectuar la gran mayoría de los trámites administrativos relativos a marcas, diseños industriales, patentes y modelos de utilidad que se tramitan en este organismo. Para todos aquellos en los que no se precisa firma digital estamos desde la Agencia Idea ofreciendo a empresarios y emprendedores la posibilidad de realizarlos a través nuestra. Además de obtenerse una reducción de las tasas de un 15%, se genera en automático el número de expediente para nuevas solicitudes y se reducen tiempos de espera con respecto al procedimiento tradicional, que requiere desplazarse a una oficina de La Caixa para hacer el pago de las tasas y remitir la documentación por valija una vez registrada.

El registro on line guarda una gran similitud con el tradicional en cuanto a la información requerida, pero es preciso configurar adecuadamente el equipo informático que se utiliza y manejar la edición de imágenes para adaptarlas al formato demandado por la plataforma. Siendo relativamente sencillos estos requisitos, pueden resultar algo complejos la primera vez que se hacen, por lo que en la Agencia Idea ofrecemos la posibilidad de realizar por completo la gestión.

En el caso de la solicitud de marca, el trámite con diferencia más demandado, basta con rellenar y remitir el word que se expone a continuación, aportar la imagen en formato jpg en caso de que la solicitud incorpore parte gráfica y facilitar los datos de la tarjeta de crédito o completar el pago  por su cuenta siguiendo las sencillas instrucciones que se acompañan y enviar después el código que se genera tras el pago.


Durante los últimos trece meses, desde la gerencia de Jaén hemos tramitado 160 solicitudes de marca ante la OEPM usando el registro on line, cifra que está en consonancia con el trabajo de otras provincias, y que según publica el blog de Centro Virtual de apoyo a la PYME en materia de gestión de Propiedad Industrial, Intelectual e innovación (CEVIPYME) sitúan a la Agencia Idea como el Centro Regional de Propiedad industrial con más solicitudes de marcas por vía telemática (140 + renovaciones 14) y de diseños industriales (24) seguida por la comunidad de Murcia en ambos casos, con 62 solicitudes de marca, 4 renovaciones y 12 tramitaciones de diseños industriales.


Si desea más información sobre nuestros servicios no dude en contactar con la Agencia via email (jaen@agenciaidea.es) o teléfono (953006100). Estamos a su disposición.

miércoles, 24 de febrero de 2016

La reforma de la marca comunitaria y la letra pequeña de la rebaja en las tasas

Falta poco más de un mes para que entre en vigor la nueva reforma de la marca comunitaria, publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea el pasado 24 de diciembre de 2015 (ver aquí). A partir del próximo 23 de Marzo, todas las marcas comunitarias se transformarán automáticamente en marcas de la Unión Europea y la Oficina de Armonización del Mercado Interior, organismo con sede en Alicante encargado de su gestión, pasará a ser llamada Oficina de la Propiedad Intelectual de la UE. Los cambios en estas denominaciones responden a adaptaciones al Tratado de Lisboa, que implica sustituir las referencias comunitarias por las que hagan mención a la Unión Europea.

Este es el primer punto discutible, si ya de por sí traducir al castellano intellectual property directamente como propiedad intelectual causa confusiones, porque la nueva oficina no trabaja con derechos de autor, si además tenemos en cuenta la existencia de la Oficina Europea de Patentes y su competencia en las patentes europeas, no se entiende demasiado bien que se denomine "de la propiedad intelectual" a un organismo que gestiona solo diseños industriales y marcas. Habrá que ver si se introduce alguna modificación de fondo o nominativa con la entrada en vigor de la patente unitaria.

Más allá de disquisiciones técnicas, lo que realmente interesa a los solicitantes es cómo quedan las tasas, tanto de solicitud como de renovación. Informa la todavía OAMI en una nota de prensa que "El nuevo Reglamento de la UE  (...) incluye un descuento general en todos los importes. La rebaja en las tasas es, especialmente significativa, en el caso de las tasas de renovación de marcas." Veamos cómo de significativa es esta rebaja.

Fuente: https://oami.europa.eu/
Hasta ahora, en el momento de la solicitud de marca comunitaria se pagaban 900 euros por registrar la marca en tres epígrafes de la Clasificación de Niza, daba igual que solamente se necesitara protección en una o en dos clases. Con la nueva reforma, existe la posibilidad de pagar por el registro de una marca de la Unión Europea en una sola clase, con un coste de 850 €. La segunda costaría 50 € más y la tercera 150 € adicionales. Tras la entrada en vigor de la nueva normativa, una marca de la Unión Europea pasaría a costar 1.050 € en lugar de 900 €, por lo que en este caso la rebaja es parecida a algunas gangas que se encuentran a veces en época de saldos.


Es cierto que tampoco tiene mucho sentido que la tasa inicial de la marca comunitaria cubra tres clases obligatoriamente de partida, y muchos han sido los casos de solicitantes que necesitando solo una clase mencionan productos o servicios de relleno, ya que el coste va a ser el mismo, por lo que la medida de permitir registrar una clase o dos parece adecuada, aunque el abaratamiento efectivo en el coste de la solicitud no está tan claro.

Admitamos que la rebaja es mucho más palpable en el caso de las tasas de renovación de las marcas comunitarias existentes, dejándose abierta también la opción de renovar únicamente en una o en dos clases si así lo elige el titular. En este caso, se pasa de pagar 1.350 € de tasa de renovación para las tres clases, a pagar 850 € para una, 900 € para dos o 1.050 € para tres.

Moraleja, si tiene una marca comunitaria está de enhorabuena porque le saldrá más barato renovarla a partir del 23 de marzo, pero si quiere presentar una nueva y realmente necesita protección en tres clases, apresúrese a hacerlo antes de esa fecha porque después le saldrá más caro.

El saludable estado financiero de la OAMI queda de manifiesto en su Memoria anual para el año 2014, donde, aunque aparece un déficit financiero de 50 millones de euros, debido a la expansión de sus instalaciones en Alicante principalmente, sus ingresos crecen de forma sostenida, desde los 176 millones de euros de 2012, hasta los 196 millones de 2014.

Hay que tener en cuenta que los titulares de marcas comunitarias aprobadas antes de junio de 2012 que reflejaron en su lista de productos o servicios el título de una clase de Niza, tienen un plazo de seis meses para hacer valer la protección de su marca en los bienes y servicios que no se encuentren literalmente descritos pero estén dentro de la misma clase. Pasado ese plazo de tiempo se entenderá que su protección se limita a la literalidad de su descripción y nunca a la clase completa (ver más información aquí). En la propia web de la OAMI se encuentran más referencias a las novedades técnicas que incluye esta reforma legislativa.

lunes, 26 de octubre de 2015

Un poco de historia sobre la marca de cerveza "ALCAZAR"

A raíz de la polémica surgida con la noticia de Diario Jaén sobre la paralización de la producción de la cerveza Alcázar, típicamente jiennense, lanzo en este blog un pequeño repaso sobre la historia de la marca con los datos que actualmente son consultables al público a través del buscador de marcas TM VIEW y de la web de la OEPM.

La primera solicitud actualmente se encuentra en vigor es referida a la cerveza jiennense es un nombre comercial (N0010218) que se remonta a marzo de 1928, aunque es denominativo EL ALCÁZAR incluyendo el artículo y sin imágen gráfica. Resulta curioso que en el mismo expediente se incluyeran clases de Niza tan distintas como aparatos frigoríficos, hielo y bebidas no alcohólicas, derechos que actualmente siguen en vigor al haberse renovado adecuadamente.

Para encontrar la siguiente solicitud hay que dar un salto hasta 1971, fecha en la que se registró como marca el término ALCÁZAR PREMIO (M0636609), esta vez sólo en la clase 32 de cervezas y otras bebidas no alcohólicas.

Habrá que esperar seis años más para que se presente la primera solicitud relativa a la cerveza ALCÁZAR con componentes gráficos y se hará doblemente. Por un lado se registrará  el tipo de letra que prácticamente se mantiene reconocible en nuestros días, (Expediente M0844363)

En la misma fecha (29 de marzo de 1977), también se registró la marca ALCÁZAR PREMIUM incluyendo la disposición de la etiqueta de la botella (Expediente M0844367)


A lo largo de los años 80 se fueron registrando las etiquetas de las distintas variedades de producto (EL ALCÁZAR, EXTRA ALCÁZAR 50, ALCÁZAR SIN Y EXTRA NAVIDAD ALCÁZAR GOLDEN)

La imagen verde y dorada de la etiqueta más reconocible actualmente se protegió como marca en 1993 (M1768550)

Por su parte la característica lata de cerveza se registró en 2005 como marca tridimensional, incluyendo forma y colores y el año de su creación, 1928. (M2675186).


La última solicitud relativa a la cerveza ALCÁZAR es bastante reciente, se trata de una solicitud de marca comunitaria presentada en 2013 (012328092), denominativa para el término ALCÁZAR, para las clases 32 (cerveza), 33 (otras bebidas alcohólicas) y 35 (servicios de venta, comerciales y de márketing) . 

Todos estos expedientes son propiedad desde el año 2010 de SISTEMAS INTEGRALES SERCOLL, S.L, con domicilio en PASEO DE LA CASTELLANA, 144 - PLANTA 3ª de MADRID, habiéndolas adquirido a su vez de BARTLETT INVESTMENT, S.L.

lunes, 15 de diciembre de 2014

¿Conoces el programa IPR Helpdesk?

El Programa IPR Helpdesk es una iniciativa de la Comisión Europea para ofrecer de forma gratuita información y asesoramiento de primer nivel en materia de propiedad industrial y derechos de autor, estando dirigido principalmente a investigadores y a PYMEs de toda Europa que puedan estar interesados en participar en proyectos de investigación y desarrollo cofinanciados por la Unión Europea aunque también atiende a cualquier PYME que esté implicada en un proceso de transferencia internacional de tecnología.


Como forma de contacto está disponible la web del programa www.iprhelpdesk.eu/ donde se puede solicitar asesoramiento personalizado, mantenerse informado sobre las últimas novedades relativas a la propiedad industrial y a la I+D en Europa y sobre las actividades formativas organizadas por el IPR Helpdesk.

Acción formativa para embajadores IPR Helpdesk -  Sede de la OAMI, Alicante, diciembre 2014

En detalle, la cartera de servicios que ofrece el IPR Helpdesk es la siguiente:
  • Sitio web, con noticias actualizadas, preguntas frecuentes e información completa de todas las actividades organizadas por el programa. De especial importancia pueden resultar los documentos de utilidad donde aparecen modelos de acuerdos de licencia, compromisos de confidencialidad, guías de uso y una gran cantidad de material de interés.
  • Boletín IPR y hojas informativas. El primero está pensado para una aproximación en mayor profundidad a los diferentes apartados de la propiedad industrial.Incluye casos de estudio, artículos de personal experto y memorias sobre las diversas actividades. Tiene tres ediciones al mes y están disponibles en este enlace. Las hojas informativas se remiten a todos los suscriptores dos veces por semana conteniendo, según el perfil de cada usuario, links a las últimas noticias y eventos publicados en la web. 
  • Organización de actividades por toda Europa para difundir la importancia de conocer bien las herramientas de la propiedad industriak a la vez que se ofrecen los servicios del propio IPR Helpdesk. La agenda completa de los eventos está disponible en la web. 
  • Servicio de ayuda, que ofrece asesoramiento profesional gratuito de forma personalizada y directa. Para resolver una duda en materia de propiedad industrial y obtener la respuesta de un experto, se puede contactar directamente con el programa o bien con cualquiera de los Embajadores que forman parte del mismo en toda Europa.
  • Biblioteca de documentos de elaboración propia, donde aparecen publicaciones como guías, casos de estudio y artículos que proporcionan información práctica sobre cómo abordar cuestiones de PI en la empresa. También se ofrecen plantillas de diferentes acuerdos y contratos tipo. (Ver aquí).
  • Formación. Se desarrollan acciones formativas, de forma práctica y con un enfoque integral, con materiales disponibles en la web aunque también permite la posibilidad de realizar sesiones presenciales a demanda de los participantes en proyectos de I+D financiados por la UE, así como a PYMEs en proceso de negociación de acuerdos de colaboración de ámbito europeo. Para su auto-estudio. Ambas herramientas persiguen el objetivo de capacitar a los usuarios para desarrollar una estrategia propia en materia de PI.
La Agencia Idea forma parte de este proyecto desde su nacimiento en el año 2011, alineándose perfectamente dentro del mismo el servicio de asesoramiento en propiedad industrial que ya venía ofreciéndose con anterioridad. Actualmente cuenta con dos embajadores con papel activo dentro del IPR Helpdesk y se ofrece como ventana de acceso a todos los recursos del programa para la PYMEs e investigadores andaluces.

miércoles, 23 de julio de 2014

¿Se presentó PODEMOS a las elecciones europeas sin tener registrada su marca?

Dejaremos entre interrogantes el título de este post por si hay algún error u omisión nada intencionados, pero salvo que alguien demuestre lo contrario, y tras realizar una simple búsqueda en el buscador de marcas TM View, se comprueba como la única solicitud de marca a nombre de este partido político (M3519157) fue presentada el pasado 10 de julio, abriéndose el plazo de oposición de dos meses el 28 de julio, y es del logotipo corporativo que usa actualmente esta corporación en la clase 35, no correspondiéndose con la imagen que aparecía en las papeletas electorales con la cara de Pablo Iglesias, que ya levantó cierta polémica y de la que no se encuentra ninguna solicitud de registro de marca.


Repasando la hemeroteca en las últimas semanas, aparecen numerosas referencias a José Jorge González, empresario de Torrelavega que, "sin interés en el dinero y para dar una lección", procedió al registro de la marca PODEMOS!. Lo de usar en esta misma noticia el término "patentar un nombre" en el encabezado o lo de aceptar que se presuma de tener "cinco marcas patentadas a nivel internacional", son confusiones que ocasionan cabreo redundante, pero ya fueron objeto de otro post en este mismo blog. Es posible encontrar otras medios que se hacen eco de esta noticia, aquí, aquí y aquí, habiendo incluso algunos que hacen patria chica de la importancia de que la solicitud se haya presentado en Huelva.

La solicitud del Sr.González (M3515507), fue presentada ante la OEPM el pasado 12 de junio, tratándose de una marca mixta (Podemos! en negro sobre una mano en rojo) en la clase 45, con la curiosa descripción de su actividad de "Servicios de grupos de presión política", que habría que ver el encaje que tiene dentro de la Clasificación de Niza, pero que pone bien a las claras las intenciones del solicitante. La búsqueda realizada, arroja otro resultado que ha tenido menos repercusión mediática pero que no deja de ser igualmente sorprendente, el 29 de mayo, cuatro días después de las elecciones, aparece una solicitud de marca presentada en Valencia a nombre de Hector Torres Pastor (M3514624), para la denominación "PODEMOS PARTIDO POLITICO VOTA PODEMOS" en letras blancas sobre fondo morado (clases 16 Publicaciones impresas, 38 Telecomunicaciones y 41 Formación, esparcimiento actividades culturales).

Estas dos solicitudes han recibido una oposición basada en el artículo 6.2 d) de la ley de marcas, referente a las "marcas notoriamente conocidas" por lo que habrá que esperar para saber cual es la decisión final de la OEPM, si bien a simple vista parecen claras las malas intenciones de los solicitantes. No es nuevo el uso del término PODEMOS como imagen de marca, aunque ya casi hayamos olvidado la campaña que la cadena televisiva CUATRO realizó para el Mundial de fútbol de Sudáfrica en 2010 y que tan buen resultado dio.

En cualquiera de los casos no deja de ser llamativo este fallo en la gestión del nuevo partido, que podría haberse ahorrado fácilmente muchos problemas presentando de antemano una simple solicitud por 143 euros. Es curioso, por ejemplo, comprobar como la primera solicitud de marca del término PSOE se registró el 18 de mayo de 1976 y en muy diversas clases, lo cual no deja de ser un alarde de previsión, ya que su legalización no se produjo hasta febrero de 1977.


ACTUALIZACIÓN: La solicitud presentada por PODEMOS recibió en septiembre de 2014 dos oposiciones por parecido con respecto a marcas anteriormente aprobadas al grupo Mediaset, aunque en actividades distintas (M2836103, telecomunicaciones y producción de programas de televisión y M2918946, productos de papelería y juguetes). Al tratarse de clases distintas, la OEPM desestimó estas oposiciones y ha concedido la marca en resolución favorable del día 19 de enero, publicada en el BOPI del 23.

No obstante, habría que hacerse la pregunta de si está suficientemente bien protegida la marca de PODEMOS sólo en la clase 35, destinada a la gestión de negocios de oficina, marketing y venta. Si fuera una tienda o una asesoría, la respuesta sería afirmativa sin duda, pero se trata de un partido político (¿o no?). Estaría bien que sus responsables explicaran a qué se debe la opción elegida al presentar la marca así y si es que hay algún error, deberían proteger las clases correspondientes.

miércoles, 16 de julio de 2014

El Supremo desestima la demanda presentada por Bimba Bosé contra la marca Bimba & Lola

Foto Vanitatis
La sobrina de Miguel Bosé (cuyo verdadero nombre es Eleonora Salvatore Dominguín) lleva inmersa desde el año 2006 en un conflicto judicial al sentirse perjudicada por las confusiones producidas entre su nombre artístico (protegido por dos marcas denominativas: como marca nacional en la clase 41 M2154050 y como marca comunitaria en las clases 41 y 35 EM003542263) y la marca Bimba & Lola (Marca nacional M2778148, M2684954 y comunitaria EM005012455 y EM008159816), propiedad de las sobrinas de Adolfo Dominguez (entre sobrinas anda el juego).

Es curioso observar como Bimba Bosé no planteó ninguna oposición en los dos meses de oposición establecidos el trámite de aprobación en la OEPM de la marca Bimba & Lola , sino que directamente se planteó un procedimiento judicial ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en 2006 (más información aquí y aquí)), lo que es indicio de que no se efectuó una correcta y activa vigilancia de la marca, tal y como sería recomendable.

Finalmente, el Tribunal Supremo no ha estimado que haya un parecido suficiente para anular la marca concedida en su momento. Teniendo en cuenta que una marca es denominativa, que la otra es mixta y que solo hay coincidencia en un 50% del nombre ¿es argumento suficiente que se le moleste a la Sr. Bosé que la tomen por propietaria de la marca y que se le acerquen bienintencionadas admiradoras pidiéndole un autógrafo en sus bolsos?.


martes, 1 de julio de 2014

Nuevo servicio de vigilancia sectorial de marcas de la Agencia Idea

Desde hace sólo unas semanas, en la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía se viene prestando un nuevo servicio de propiedad industrial, diseñado en un principio para los centros tecnológicos andaluces, pero que está disponible para cualquier empresa andaluza interesada. Se trata de una serie de informes sectoriales de vigilancia de marcas, que pretenden ofrecer información actualizada sobre las últimas solicitudes de marcas y nombres comerciales presentadas con respecto a una actividad concreta. Lógicamente el servicio es gratuito

Hasta el momento se están elaborando informes sectoriales para CITOLIVA relativos a marcas de aceite de oliva, para CTAP monitorizando solicitudes presentadas en piedra natural y artificial, para ADESVA en el sector agroalimentario y para MOVEX en marcas de productos de cuero y piel.

Todos estos informes, realizados con una periodicidad quincenal, tienen como objetivo dar una información actualizada sobre nuevas solicitudes de marcas y nombre comerciales, incluyendo no sólo registros nacionales, sino también marcas comunitarias. La información contenida en estos informes es de utilidad, no sólo para controlar las nuevas marcas que se van presentando dentro del plazo de oposición de dos meses tras su publicación en el BOPI y plantear la correspondiente oposición en caso de que afecte a marcas propias en vigor, sino también para conocer de forma temprana la actividad de la competencia en cuanto a lanzamiento de nuevos productos o la aparición de nuevas empresas en el sector, ya que normalmente la solicitud de una marca se realiza de forma previa a su presencia en el mercado.


Este boletín contiene la siguiente información de cada solicitud:
  • Denominación solicitada
  • Origen nacional (E) o comunitaria ( EM)
  • Número del expediente
  • Clase solicitada del Nomenclátor Internacional de Marcas La Fecha de solicitud y publicación
  • Apariencia gráfica, si la solicitud de marca lo contempla
  • Quien es el titular o titulares.
A continuación se presenta el informe realizado para las marcas y nombres comerciales presentadas entre el 16 y el 31 de mayo relativas a la clase 29, priorizando las de aceite de oliva.

martes, 5 de noviembre de 2013

Diferencias entre propiedad intelectual y propiedad industrial y lo difícil que es traducir bien

Continuando con las intenciones divulgativas que tiene este blog, y aún sabiendo que el frente de lucha contra la expresión "patentar una marca" sigue abierto y cada día con nuevos ejemplos (véase aquí y aquí), me gustaría hoy poner encima de la mesa otros dos términos que normalmente llevan a confusión, como son el de propiedad industrial frente a propiedad intelectual, viniendo en este caso el conflicto por la diferente acepción que tiene en lengua inglesa el término intellectual property y los errores que se cometen al hacer una traducción rápida y directa.

Si tomamos de nuevo, como se debe hacer siempre en caso de duda, el criterio que dicta el Diccionario de la R.A.E. encontramos las siguientes acepciones, curiosamente dentro de la entrada "Registro", no existiendo los términos "propiedad industrial" y "propiedad intelectual" de forma independiente


Existe pues una diferencia clara en cuanto a la naturaleza de los derechos protegidos en la propiedad industrial (marcas, diseños, patentes, modelos de utilidad... que son los que competen a este blog) y los derechos de propiedad intelectual derivados de creaciones artísticas y vinculados a derechos de autor. Su tratamiento y su protección son claramente diferenciados y no debieran confundirse, aunque sólo sea por la obligatoriedad de registro oficial que tienen los primeros, frente al nacimiento asociado a la simple prueba de la autoría que tienen los segundos.

Si hasta aquí parece no haber dudas, los problemas comienzan cuando hay que tener en cuenta que en lengua inglesa el término "Intellectual property", tal y como se recoge en la flamante web de la OMPI, se refiere a "cualquier creación de la mente" englobando las dos categorías anteriores.


No parece correcto, por tanto, aunque sea práctica extendida, traducir automáticamente Intellectual Property, por Propiedad Intelectual, ya que el término anglosajón es más amplio, y sería un equivalente al uso conjunto en lengua castellana de Propiedad Industrial más Derechos de Autor. 


No existe en español un término que englobe a estas dos áreas y no hay un consenso generalizado sobre cómo resolver la cuestión. Se puede comprobar como ni la propia OMPI ha encontrado una solución a este dilema y ha optado en su nombre en español por la traducción directa.


No obstante, en la información que ofrece en la su web si aparecen claro los conceptos, según estemos en la versión en inglés o en la versión en español.

Quede claro que estamos ante más ante un problema de lenguaje técnico que no llega a ser tan sangrante ni chirría tanto como el tristemente famoso y extendido giro de "patentar una marca", pero hay que tener claro en todo momento del correcto uso de las palabras y de lo que se quiere expresar, para evitar confusiones, desconfiando siempre de traducciones bien intencionadas pero imprecisas.


martes, 30 de abril de 2013

Haciendo divulgación en radio sobre propiedad industrial


Visto que el pasado 26 de abril fue el Día Mundial de la Propiedad Intelectual (y como el término viene traducido directamente del Inglés incluye también la propiedad industrial), esta semana he querido rescatar una entrada de este blog para rellenar mi colaboración quincenal en Radio Jaén/Cadena Ser. 

Debo reconocer que esta fecha pasó totalmente desapercibida en mi entorno más cercano y que no encontré muchas referencias en prensa, más allá de los tuits lanzados por algunos esforzados compañeros de fatigas que seguimos viendo a este campo como merecedor de una atención mayor, por encima de otras temáticas de utilidad al menos relativa como el Día Mundial de la Marioneta o el Día Mundial de la Felicidad (para ver más ejemplos de Días Mundiales conviene leer con detenimiento el calendario de días internacionales de la web de la ONU). 

En cualquier caso, me reconocerán que hace falta un punto de atrevimiento para hablar en una columna de opinión de radio local de un tema tan árido como la propiedad industrial. La verdad es que me gustaría saber la opinión de los neófitos en este campo, para conocer su grado de comprensión y si yo me he explicado suficientemente bien en los cuatro minutos antes del boletín de la una del mediodía que tengo un lunes sí, otro no. ¿Habrá merecido la pena el intento?. Como tantas otras veces, en caso de que el mensaje no haya quedado suficientemente claro, culpemos siempre más a la torpeza del que les habla que a las buenas entendederas de los oyentes. Aquí les dejo el resultado para que ustedes mismos juzguen, se agradecerá cualquier comentario, tanto positivo como negativo.





lunes, 1 de abril de 2013

Las comunicaciones fraudulentas sobre propiedad industrial atacan de nuevo

Ya hemos hablado en este blog en otras ocasiones sobre los pagos fraudulentos derivados de solicitudes de marcas o patentes y del cuidado que hay que tener en relación a estos envíos y las reclamaciones de pago que se hacen, vistiendo la comunicación como procedente de un organismo oficial. Parece ser que  los tiempos que corren son complicados hasta para los estafadores, que amplían el ámbito de actuación de sus timos, disparando por aspersión para ver si cazan a algún incauto.

Os dejo copia de un correo spam que me ha entrado esta misma mañana y que, no por chapucero, deja de ser alarmante.



No sé exactamente la base de datos que tomarán en la "Organización para el registro de dominios asiáticos", ni como la tal Juana Sun (no puede haber mayor mestizaje entre lo oriental y lo castizo) habrá llegado a dar con mi correo profesional, pero sueno a chiste que me avisen de que la tal Bact International Co., Ltd va a registrar "agenciaidea" en Asia (no está claro si como marca comercial o como dominio en internet, y no sabemos si en China o en Corea del Norte, ahora que está la situación calentita por allí). 

No está nunca de más repetir que hay que huir de estos requerimientos y no darles ningún valor oficial, por mucho que a la mayoría de empresas y usuarios de propiedad industrial bien informados comunicaciones como ésta puedan sonar ridículas.

Recordemos que el procedimiento internacional de solicitud de marcas está controlado por la OMPI, integrado dentro del Sistema de Madrid. Cualquier notificación fuera de un procedimiento de solicitud y de un organismo sin carácter oficial, no debe tenerse en cuenta. Corred la voz.

martes, 26 de marzo de 2013

Hablemos siempre con propiedad, aunque en este caso sea industrial


Los que trabajamos en el proceloso mundo de la propiedad industrial, estamos acostumbrados a oír con frecuencia expresiones que nos provocan un dolor de oídos igual al que ocasionaba el arañazo en la pizarra negra de aquel compañero de colegio sabandija que hoy te saluda por la calle con desparpajo. Hay expresiones que no por repetidas pueden considerarse aceptables, ya no solamente desde un punto de vista técnico ni de "experto" en la materia, sino que directamente suponen una patada al correcto manejo la lengua.

La primera que se me viene la cabeza y que asiduamente me veo en la obligación de corregir, con educación pero siempre con firmeza, es la de "patentar una marca". Se mezclan en esta frase, de forma desafortunada, dos títulos de propiedad industrial que no tienen nada que ver. Sin entrar en manuales de propiedad industrial, me voy a fijar en la definición de patente que nos ofrece el diccionario de la RAE, en este caso, tras las primeras acepciones de "manifiesto" y "claro", aparece directamente la referencia a patente de invención, entendido como "documento oficial que reconoce a alguien una INVENCIÓN y los derechos que de ella se derivan". El buen uso de la lengua española es el que nos lleva a separar lo que es una invención de una marca, que, genéricamente, es una "señal que diferencia y ayuda a distinguir a una persona, animal o cosa", y que cuando se aplica a un uso industrial y se registra oficialmente, se convierte en una solicitud de marca comercial, que SIEMPRE SE REGISTRA y NUNCA SE PATENTA. Un nombre, un dibujo, una música, hasta un olor, pueden servir para identificar un producto o un servicio y constituirse en marca comercial, mientras que un invento puede patentarse, si cumple los requisitos de novedad, actividad inventiva y aplicación industrial que son exigibles, pero mezclar ambos términos, ofrece como resultado un potaje nada saludable y del que la corrección semántica nos aconseja huir, aunque no seamos especialistas en el campo de la propiedad industrial.

Dicho lo cual, no resulta nada extraño encontrar esta expresión, no sólo en blogs bien intencionados
 


Sino también en páginas web de supuestos profesionales en la materia que ofrecen sus servicios, y de los que yo huiría como del agua hirviendo


Las confusiones llegan también a la prensa general, pudiendo encontrarse en días pasados en El País un titular tan desafortunado como "Patentes veta que el ayuntamiento gestione la marca Barcelona". Una vez puestos en contacto vía twitter con el periodista, lejos de reconocer su error, se remitía a que escribía para el público general, como si  se hubieran pensado para una élite selecta el diccionario o el Manual de Estilo de El País (que buenos tiempos aquellos en los que se lanzaban iniciativas así).



Siendo esta una batalla compleja no es la única, aunque para aclarar otras confusiones sí que se precisa un mínimo de conocimientos especializados, como puede ser traducir correctamente intellectual property como un término inglés que agrupa a todas las creaciones de la mente a las que se pueden otorgar derechos de exclusividad, y por tanto engloba a los vocablos españoles de propiedad industrial (marcas, diseños y patentes) y propiedad intelectual (derechos de autor). 

También es digno de atención, y en este caso ya para alumnos que vayan a por nota, el uso correcto de la acepción de la PCT como solicitud de patente, en lugar de patente mundial, que es una figura inexistente, por mucho que haya servicios de información de noticias científicas que la citen, o empresas que presuman de tenerla. 

Por último, y ya para rizar el rizo, nos encontramos a los expertos en informática que se conceden a si mismos autoridad para hablar sobre las patentes de software, sin manejar adecuadamente la primera parte de la ecuación. Sirva este ejemplo para encontrar en un mismo post, afirmaciones tan confusas y peregrinas como la de que una patente es un "sistema (...) por el que un inventor puede cobrar un dinero (...) durante el tiempo que dura una patente", confundir las solicitudes de diseño en Estados Unidos con patentes de invención, o afirmar que la patente unitaria europea es un peligro para los programadores informáticos, al aproximarse peligrosamente nuestra normativa a la estadounidense.

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