La legislación explica que una marca identifica a los productos o servicios de una empresa en el mercado, mientras que el nombre comercial sirve para diferenciar a una empresa respecto de otras empresas. En la práctica marca y nombre comercial se registran de la misma forma, sus tasas de solicitud tienen el mismo importe y ofrecen una protección similar, ya que si se tiene registrada una marca nadie podrá proteger un nombre comercial igual en las mismas actividades y viceversa.
Realmente, y en caso de duda, es recomendable registrar antes una marca que un nombre comercial, ya que la marca es el signo distintivo por excelencia y puede extenderse internacionalmente por procedimientos establecidos, de hecho existe la marca comunitaria pero no el nombre comercial comunitario, que sólo podría protegerse país por país y de acuerdo con las normas nacionales de cada Estado. Además, cada empresa sólo puede registrar un nombre comercial, puesto que éste identifica a la empresa y sólo puede transmitirse con la totalidad de la empresa (no cabe pues su cesión ni licencia independiente de la transmisión de la empresa).

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